Por: Ing. Darío Zegarra, vicepresidente del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú
Al cierre del primer semestre del 2022, la industria minera generó 239,700 puestos de trabajo promedio mensual, superando en 5.3% al promedio anual del 2021 (227,635 puestos), impulsado por la mayor contratación de personas en operaciones de gran envergadura, como Antamina, en Áncash; Cerro Verde, en Arequipa; y Quellaveco, en Moquegua.
Las cifras escalan considerablemente si recordamos que cada nuevo empleo directo en minería se traduce en la creación de ocho empleos indirectos en otros sectores productivos de la economía, por lo que podemos deducir que nuestra industria impactó positivamente en más de 1 millón 917 mil peruanos, entre trabajadores directos e indirectos.
Si deseamos que la repercusión en el mercado laboral sea aún mayor, es necesario poner en marcha los 43 proyectos mineros en cartera, los cuales tienen el potencial de generar 3 millones 800 mil puestos de trabajo al 2031, según estimaciones del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP) y el Centro para la Competitividad y el Desarrollo (CCD).
El acceso a mayores oportunidades laborales en este sector precisa de una receta en la que los proyectos no son el único ingrediente, pues se requiere también de un marco legal predictible, esquema tributario razonable y clima social en armonía, que coadyuven a la rápida ejecución de los mismos. Y estos escenarios solo pueden ser garantizados por el Estado.
Con la compañía de los tres niveles de gobierno y el soporte de sus instituciones será posible el desarrollo del portafolio minero de US$ 53,000 millones y la contratación de profesionales y técnicos en el menor plazo. El 72% de la ciudadanía es consciente de que la minería es el sector que más aporta al desarrollo del país, de acuerdo con Arellano Marketing.
Por otra parte, concita nuestra atención el proyecto de decreto supremo que formuló el Ministerio de Energía y Minas, con el que pretende suspender la inscripción en el REINFO de aquel minero en vías de formalización que impida la supervisión efectuada por las entidades, en lugar de proceder con la exclusión definitiva del proceso inmediatamente.
Incluso, dicho proyecto propone implementar una etapa de descargos a favor del minero por formalizar cuando se encuentre en el ámbito del procedimiento de exclusión del REINFO; asimismo, plantea derogar la figura del procedimiento de revocación para que esta prevalezca únicamente cuando se traten de áreas naturales protegidas comprometidas.
Resulta contraproducente presentar mecanismos legales que ocasionarían la reducción del campo de acción de las autoridades y la desaceleración del proceso de formalización, cuando lo que se debe buscar realmente es que más operadores mineros ingresen al terreno de la legalidad para aportar más impuestos y reducir los efectos en el ambiente.
Finalmente, vemos que agentes de la minería ilegal continúan esquivando la seguridad interna para comercializar sus productos fuera del país. Y si bien el Ministerio Público incautó casi 48 kilos de oro, valorizados en 10 millones de soles, en el almacén aduanero del Callao, lo cierto es que necesitamos multiplicar esfuerzos para prevenir y castigar estos delitos.
IIMP