Por la Ley N° 32213 se prorrogó una vez más el plazo para la inscripción de los pequeños mineros y mineros artesanales que actuaban irregularmente, en el “Registro Integral de Formalización Minera” (Reinfo), ello para que pudiesen formalizar sus actividades que estaban al margen de la ley.
La citada ley fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de diciembre pasado, para regir desde el 28 de diciembre del mismo año, curiosamente el “Día de los Inocentes”. En esa norma se establece el plazo de seis meses que vencerán el 30 de junio del 2025, para que se formalice la actividad minera de que tratamos, aunque faculta al Ministerio de Energía y Minas a ampliar este plazo por seis meses más, pero con los habituales cambios de ministros y variaciones políticas y gubernamentales, cualquier cosa puede suceder.
El solo mensaje dentro de la Ley N° 32213, que el plazo para la formalización podría de nuevo prorrogarse, evidentemente le quita fuerza e incluso seriedad, pero eso es lo que tenemos y a ello nos debemos atener, por lo que para hacer más factible su cumplimiento se requieren varias cosas, como son que se reglamente esta norma legal, pero principalmente que se publicite debidamente.
Cierto es que las normas legales para tener valor requieren de su publicación en la gaceta oficial, esto es, el Diario Oficial El Peruano y, también que existe la presunción constitucional de conocimiento de la ley, pero ello solo en teoría, ya que en la práctica se requiere de máxima difusión real, sobre todo tratándose de la actividad minera que mayormente se desarrolla en el ande, con lejanía a centros poblados de importancia.
Lo señalado evidentemente obliga a una campaña comunicacional desde el Ministerio de Energía y Minas, pero al unísono con la preparación de capacitadores que, viajando a todos los lugares de actividades mineras informales, los ayuden en las gestiones y trámites para su formalización, ya que no basta de la anunciada existencia de una ventanilla única para ello. Estamos contra el reloj, pues se supone que a los capacitadores primero hay que prepararlos e instruirlos para que a su vez puedan capacitar a los informales y la capacitación no es un juego, hay que realizarla rápidamente y con eficiencia. Contamos con personal apropiado en el Ministerio de Energía y Minas para recibir el encargo.
Tenemos que simplificar al máximo los trámites de formalización. Pero además vincularlos a normas por expedir que resuelvan el tema de tributos dejados de pagar, así como de diversas otras autorizaciones, permisos y licencias, sin olvidar también que, para el aspecto de retribuciones laborales y beneficios sociales adeudados, que son irrenunciables, se necesitará por lo menos de normas que faciliten el fraccionamiento de la deuda laboral.
¡A ponerse a trabajar se ha dicho! El calendario y el reloj corren y bien rápido.